Investigación de la A.G.N
INTERBIOESTRATEGIA I.B.E.
CORRESPONSALÍA GENTILEZA DE
CLAUDIO LOWY Informe SintetizadoAgrotóxicos,informe: el SENASA, entre la labor deficiente y la anarquía legislativaUna investigación de la AGN (Auditoría Genaral de la Nación) dice que el ente tiene atribuciones que no puede cumplir. Se fumigan cultivos transgénicos sobre 22 millones de hectáreas de 12 provincias. Las tareas de promoción de la salud para las 12 millones de personas afectadas no avanzan desde 2010.
La contaminación por agroquímicos termina siendo una intoxicación silenciosa que produce daños Graves
El SENASA tiene atribuciones que no puede cumplir adecuadamente por lo tanto su actuación es deficiente
Fue tal la magnitud de los hallazgos, que los miembros de la Auditoría General de la Nación (AGN) calificaron su propia investigación sobre el uso de agroquímicos en el país como un “informe lapidario”.
Según este trabajo, se fumigan en la Argentina unas 22 millones de hectáreas de cultivos transgénicos y el encargado de chequear cómo se aplican los agrotóxicos es el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).
Pero resulta que el organismo en cuestión tiene “atribuciones que no puede cumplir adecuadamente”, dice la Auditoría. Esto genera que la actuación del SENASA sea “deficiente”, y no justamente por falta de normas, sino por no acatar las reglas ya existentes.
Entre las limitaciones a la labor del SENASA, se destaca lo que la AGN llama “anarquía legislativa”. Es que aquellas 22 millones de hectáreas de cultivos transgénicos abarcan 12 provincias: Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Entre Ríos, Santiago del Estero, San Luis, Chaco, Salta, Jujuy, Tucumán, La Pampa y Corrientes. Esta “disparidad de jurisdicciones” que deben intervenir en el control (nación, provincias, municipalidades), generó que los técnicos hayan dejado explícita una pregunta en su investigación: “¿Cómo se hace con la aplicabilidad de normas cuando cada municipio tiene su propio sistema respecto de la prohibición o no de fumigar?”.
Siguiendo con la normativa, hay una disposición del año 1964 en la que se establece que “toda persona física o ideal que se dedica a realizar trabajos de lucha contra las plagas deberá inscribirse en el Registro”. Se trata, llevado a estos días, del Registro de Empresas Aplicadoras de Agroquímicos Terrestres y Aéreas.